Abogados de Hipólito Mejía recurrían en Casación Auto
sobre querella contra Senador Wilton Guerrero. Acusan al presidente de la
Suprema de violar sus derechos, actuar con rencor personal y sectarismo
político.
Los abogados del Presidente Hipólito Mejía, licenciados
Julio Cury y Jesús Feliz informaron este jueves que presentarán un recurso de
Casación por ante el Pleno de la Suprema Corte de Justicia al Auto emitido por
el Presidente de este Tribunal, el cual declara inconstitucional los artículos
46 y 47 de la ley 6132 sobre Expresión y Difusión del Pensamiento.
Manifestaron que el recurso será interpuesto en los
próximos días como establece la ley y que el mismo tiene por finalidad que el
Pleno de la Suprema Corte de Justicia conozca los vicios de ley que tiene mal
dado auto.
Señalaron que el Magistrado Mariano Germán al emitir
dicho Acto tomó decisiones que son las potestades privativas del Pleno de la
Suprema Corte de Justicia, además de que contradice otros Actos suyos sobre la
materia.
Presentaron el acto 09-2012, de fecha 9 de Abril del 2012
firmado por el propio Presidente de la Suprema, Mariano German, cuyo
dispositivo es contrario al emitido contra las pretensiones del Presidente
Hipólito Mejía, en el cual, el magistrado no reparó violaciones constitucionales
de los artículos 46 y 47 de la Ley 6132.
“Considerando que en cuanto al segundo medio, el Nelson
Guillén Valdez ha sido sometido como propietario y director de Telecentro Canal
13, en virtud de las disposiciones del artículo 46 y siguientes de la Ley Núm.
6132, sobre Expresión y Difusión del Pensamiento, no por haber hecho, según se
aprecia en la acusación, una imputación, sino por la responsabilidad que le
adjudica la ley, como director de un medio de comunicación de haberle dado
publicidad, por lo que también procede el rechazo de la pretensión de exclusión
de José Nelson Guillén Valdez”.
La defensa del Presidente Mejía afirmaron que el Auto
dictado hoy por el Presidente de la Suprema Corte de Justicia, Dr. Mariano
Germán Mejía, mediante el cual declaró inconstitucional los artículos 46 y 47
de la Ley No. 6132, constituyó una usurpación de las atribuciones que le
corresponden al Pleno de ese alto tribunal, el cual, según Resolución No. 6870-2012,
del 6 de diciembre del 2012, había admitido unánimemente la acusación del ex
Presidente Hipólito Mejía en contra de Osvaldo Santana y Wilton Guerrero.
Dijeron que tal decisión rompe la línea jurisprudencial
adoptada por el mismo Pleno de la Suprema Corte de Justicia, en el sentido de
que dichos artículos 476 y 47 no contravenían la Constitución, entre ellas la
sentencia No. 1 dictada el 3 de agosto del 2005.
“El comportamiento que asumió el Dr. Mariano Germán Mejía
al término de la lectura del auto por él dictado, violó el derecho de defensa
del ex mandatario, pues impidió que sus abogados, Lic. Jesús Feliz Jiménez y
Dr. Julio Cury, pudieran recurrirla en oposición conforme los artículos 407 y
408 del Código Procesal Penal, que le permite a la parte en contra de la cual
se dicta una decisión desfavorable, solicitar la revocación o retractación de
la misma. No fue posible tal cosa, toda vez que inmediatamente se concluyó la
lectura de su desafortunado Auto, el Dr. Germán Mejía clausuró la audiencia y
se retiró del salón de audiencias de manera sospechosamente precipitada”.
Enfatizaron.
Expresaron que siendo la oposición la vía recursiva
procedente, y dado que el derecho al recurso es una garantía fundamental del
debido proceso según el artículo 69.9 de la Constitución, el Dr. Germán Mejía
evidenció desconocer textos elementales de nuestra legislación y puso de
manifiesto su innegable parcialidad en el caso de que se trata, en el que
figuraba como imputado un legislador del partido oficialista del cual él es
miembro activo de su Comité Central.
Enfatizaron que el auto dictado por el Dr. Germán Mejía
reafirma que su catadura política cercena el derecho que tiene todo justiciable
a un juicio imparcial, sin olvidar que dicho magistrado fue funcionario de la
primera gestión de gobierno del ex Presidente Leonel Fernández, y abogado de
poco menos que de la totalidad de las instituciones públicas durante las dos
últimas administraciones peledeístas, lo que le permitió generar centenares de
millones de pesos por concepto de honorarios profesionales.
Dijeron que esta decisión persigue darle preferencia a la
libertad de información sobre otros derechos fundamentales, lo que no se aviene
en un régimen constitucional como el nuestro, que expresamente consagra la supremacía
de la dignidad de la persona como valor sobre el cual se fundamenta el Estado
de Derecho de conformidad con lo dispuesto por el artículo 7 de la
Constitución.
“Finalmente, el Dr. Germán Mejía, dominado por un viejo
encono personal, humilló su condición de juez para pasarle factura al ex
Presidente Mejía, quien en agosto del 2000 dispuso por decreto su destitución
como Presidente del INDOTEL, lo que dio lugar a una acción directa de
inconstitucionalidad que la anterior Suprema Corte de Justicia rechazó por
improcedente”.Manifestaron.
Redaccion: ANDRES MATOS
Publicacion: PAVEL CAMPOS
Informa: REDES SOCIALES
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